El Instituto de Previsión Social (IPS) informó que desde el 2 de mayo, se comenzó entregar el Bono de Invierno a más de 1 millón 550 mil pensionadas y pensionados del país que cumplen con los requisitos.
Este año, el Bono de Invierno es de $74.767 por pensionado o pensionada. Para recibirlo las personas deben tener 65 o más años al 1º de mayo de 2023 y cumplir los demás requisitos legales. Cabe señalar que los beneficiarios no tienen que hacer ningún trámite porque el pago es automático, y viene incluido en la pensión.
A nivel nacional, incluyendo los pagos a beneficiarios del IPS y de otras instituciones previsionales, se estima que el Estado desembolsará un monto superior a los 115 mil millones de pesos en la entrega de esta ayuda social.
Al respecto la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Claudia Santander, explicó que “a partir del 2 de mayo se comenzó a pagar el Bono Invierno a 1 millón y medio de chilenas y chilenos pensionados y acá en la región de Coquimbo son cerca de 37 mil los beneficiarios de este bono. Los beneficiarios los reciben de forma automática en sus liquidaciones y el objetivo es contribuir de forma particular con los pensionados para enfrentar esta etapa del año que requiere un gasto adicional, ya sea en combustible para calefacción o medicamentos y que con este beneficio reciben un apoyo adicional por parte del Estado”.
Mientras que el Seremi de Desarrollo Social y Familia, Eduardo Alcayaga, dijo que “hay recordar que el monto de este beneficio es de $74.767 y es una ayuda para los pensionados mayores de 65 años y que es un aporte fundamental en el invierno y nuestro Gobierno se preocupa de su entrega a los pensionados con un ingreso por pensión inferior o menor a los $201.677”.
¿Quiénes son las personas beneficiadas?
Recibirán el Bono de Invierno los pensionados que tengan 65 o más años y además estén en los siguientes grupos:
• Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Estas personas recibirán el bono siempre que tengan una pensión inferior o igual $201.677.
• Personas pensionadas del Sistema de AFP que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
• Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto del Aporte Previsional Solidario en ese cálculo).
• Todas las personas beneficiarias de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban sólo la PGU.
• Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que adicionalmente se encuentren percibiendo una Pensión Garantizada Universal, y cuyas pensiones previsionales sean inferiores o iguales a $201.677 (sin considerar el monto de la PGU en ese cálculo).
Francisco Montecinos, Director (s) del IPS explicó que “para más información y consultas, el Instituto de Previsión Social ha dispuesto el sitio webwww.chileatiende.cl, el Call Center 600 440 0040 y el 101;y las redes sociales ChileAtiende en Twitter, Facebook e Instagram. También las sucursales cuyo horario de atención es de 8:30 a 14:00 horas”.